REQUISITOS GENERALES DEL SISTEMA DE GESTIÓN AMBIENTAL
La Entidad debe establecer, documentar, implementar, mantener y mejorar continuamente un Sistema de Gestión Ambiental de acuerdo con los requisitos de la NTC-ISO 14001:2004 y determinar como cumplirá éstos requisitos. La Entidad debe definir y documentar el alcance de su Sistema de Gestión Ambiental
POLÍTICA AMBIENTAL
La alta dirección debe definir la política ambiental de la Entidad y asegurarse de que dentro del alcance definido en su S.G.A. esta:
a. Ser apropiada a la naturaleza, magnitud e impactos ambientales de sus actividades, productos y servicios.
b. Incluye un compromiso de mejora continua y prevención de la contaminación.
c. Incluye un compromiso de cumplimiento con los requisitos legales aplicables y con otros que la Entidad suscriba relacionados con sus aspectos ambientales.
d. Proporciona el marco de referencia para establecer y revisar los objetivos y las metas ambientales.
e. Se documenta, implemente y mantiene.
f. Se comunica a todas las personas que trabajan para la organización o en nombre de ella.
g. Está a disposición del públicos
PLANIFICACIÓN
- ASPECTOS AMBIENTALES
La Entidad debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos:
a. Identificar los aspectos ambientales de sus actividades, productos y servicios que pueda controlar, y aquellos sobre los que pueda influir dentro del alcance definido del S.G.A. teniendo en cuenta los desarrollos nuevos o planificados, o las actividades, productos y servicios nuevos o modificados.
b. Determinar aquellos aspectos que tiene o pueden tener impactos significativo sobre el medio ambiente.
-REQUISITOS LEGALES Y OTROS REQUISITOS
La Entidad debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para identificar y tener acceso a los requisitos legales aplicables y otros que la Entidad suscriba relacionados con sus aspectos
ambientales y para determinar como se aplican estos requisitos a sus aspectos ambientales.
-OBJETIVOS, METAS Y PROGRAMAS
La Entidad debe establecer, mantener e implementar objetivos y metas ambientales documentados en los niveles y funciones pertinentes dentro de la Entidad. Deben ser medibles y coherentes con la política ambiental, incluidos los compromisos de prevención de la contaminación, el cumplimiento con los requisitos legales aplicables y otros requisitos que la organización suscriba, y con la mejora continua.
Debe considerar sus opciones tecnológicas y sus requisitos financieros, operacionales y comerciales, así como las opiniones de las partes interesadas. Debe establecer, implementar y mantener uno o varios programas para alcanzar sus objetivos y metas.
IMPLEMENTACIÓN Y OPERACIÓN
RECURSOS, FUNCIONES, RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD
La Dirección debe asegurarse de la disponibilidad de recursos esenciales para establecer, implementar, mantener y mejorar el S.G.A. Incluye, los recursos humanos y habilidades especializadas, infraestructura de la organización y los recursos financieros y tecnológicos. Debe definir, documentar y comunicar para facilitar una gestión ambiental eficaz.
Debe designar uno o varios representantes de la dirección, quienes, deben tener definidas sus funciones, responsabilidad y autoridad para: asegurarse de que el sistema de gestión ambiental se establece, implementa y mantiene de acuerdo con los requisitos de la norma NTC-ISO 14001 e informar a la alta dirección sobre el desempeño del S.G.A
COMPENTENCIA, FORMACIÓN Y TOMA DE CONCIENCIA
La Entidad debe asegurarse de que cualquier persona que realice tareas para ella, que potencialmente puedan causar uno o varios impactos ambientales significativos identificados por la Entidad, sea competente y debe mantener los registros adecuados.
Debe identificar las necesidades de formación relacionadas con sus aspectos ambientales y su S.G.A. Debe proporcionar formación o emprender otras acciones para satisfacer estas necesidades y debe mantener los registros asociados.
Debe establecer y mantener uno o varios procedimientos para que sus empleados o las personas que trabajan en su nombre tomen conciencia.
COMINICACIÓN
La Entidad debe establecer, implementar y mantener uno o varios
procedimientos para la comunicación interna entre los diversos niveles y
funciones de la organización, así como para la recibir, documentar y responder a
las comunicaciones pertinentes de las partes interesadas externas.
DOCUMENTACIÓN
La documentación del Sistema de Gestión Ambiental debe incluir:
a. La política, objetivos y metas ambientales.
b. Descripción del alcance del Sistema.
c. Descripción de los elementos principales del Sistema y su interacción, así como la referencia a los documentos relacionados.
d. Documentos, incluyendo los registros requeridos en la norma NTC-ISO 14001.
e. Los documentos, incluyendo los registros determinados por la organización como necesarios para asegurar la eficacia de la planificación, operación y control de procesos relacionados con sus aspectos ambientales significativos.
CONTROL DE DOCUMENTOS
Los documentos y registros deben ser controlados. La Entidad debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para:
a. Aprobar los documentos con relación a su adecuación antes de su emisión.
b. Revisar y actualizar los documentos cuando sea necesario, y aprobarlos nuevamente.
c. Asegurarse de que se identifican los cambios y el estado de revisión actual de los documentos.
d. Asegurarse de que las versiones pertinentes de los documentos aplicables están disponibles en los puntos de uso.
e. Asegurarse de que los documentos permanecen legibles y fácilmente identificables.
f. Asegurarse de que se identifican los documentos de origen externo que la entidad ha determinado que son necesarios para la planificación y operación del S.G.A. y se controla su distribución.
g. Prevenir el uso no intencional de documentos obsoletos y aplicarles una identificación adecuada en el caso de que se mantengan por cualquier razón.
CONTROL OPERACIONAL
La Entidad debe identificar y planificar aquellas operaciones que están asociadas con los aspectos ambientales significativos, de acuerdo con su política ambiental, objetivos y metas, con el objeto de asegurarse de que se efectúan bajo las condiciones especificadas mediante:
a. El establecimiento, implementación y mantenimiento de uno o varios procedimientos documentados para controlar situaciones en las que su ausencia podría llevar a desviaciones de la política, objetivos y metas ambientales.
b. Establecimiento de criterios operacionales en los procedimientos.
c. Establecimiento, implementación y mantenimiento de procedimientos relacionados con aspectos ambientales significativos identificados de los bienes y servicios utilizados por la organización y la comunicación de los procedimientos y requisitos aplicables a los proveedores, incluyendo contratistas.
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
La Entidad debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para identificar situaciones potenciales de emergencia y accidentes potenciales que puedan tener impactos en el medio ambiente y como responder ante ellos. La Entidad debe responder ante situaciones de emergencia y accidentes reales y
prevenir o mitigar los impactos ambientales adversos asociados. La Entidad debe revisar periódicamente y modificar cuando sea necesario sus procedimientos de preparación y respuesta ante emergencias, en particular después de que ocurran accidentes o situaciones de emergencia. Se deben realizar pruebas periódicas de tales procedimientos, cuando sea factible.
VERIFICACIÓN
SEGUIMIENTO Y MEDICIÓN
La Entidad debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para hacer el seguimiento y medir de forma regular las características fundamentales de sus operaciones que pueden tener un impacto significativo en el medio ambiente. Los documentos deben incluir la documentación de la información para hacer el seguimiento del desempeño, de los controles operacionales aplicables y de la conformidad con los objetivos y metas ambientales de la Entidad.
EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO LEGAL
- La Entidad debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para evaluar periódicamente el cumplimiento de los requisitos legales aplicables. Debe mantener los registros de los resultados de las evaluaciones periódicas.
- La Entidad debe evaluar el cumplimiento con otros requisitos que suscriba
NO CONFORMIDAD, ACCIÓN CORRECTIVA Y ACCIÓN PREVENTIVA
La Entidad debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para tratar las no conformidades reales y potenciales y tomar acciones correctivas y preventivas. Los procedimientos deben definir requisitos para:
a. Identificación y corrección de no conformidades y tomar las acciones para mitigar su impacto ambiental
b. Investigación de no conformidades , determinando sus causas y tomando las acciones con el fin de prevenir que vuelvan a ocurrir.
c. Evaluación de las necesidades de acciones para prevenir las no conformidades y la implementación de las acciones apropiadas para prevenir su ocurrencia.
d. Definir el registro de los resultados de las acciones preventivas y acciones correctivas tomadas.
e. Definir la revisión de la eficacia de las acciones preventivas y acciones correctivas tomadas.
Las acciones tomadas deben ser apropiadas en relación a al magnitud de los problemas e impactos ambientales encontrados. La entidad debe asegurarse de que cualquier cambio necesario se incorpore a la documentación del Sistema.
CONTROL DE LOS REGISTROS
La Entidad debe establecer y mantener los registros que sean necesarios, para demostrara la conformidad con los requisitos de su sistema de gestión ambiental y de la norma internacional NTC-ISO 14001, y para demostrar los resultados logrados. La Entidad debe establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos para la identificación, almacenamiento, protección, recuperación, tiempo de retención y disposición de los registros
AUDITORÍA INTERNA
La Entidad debe asegurarse de que las auditorias internas del sistema de gestión ambiental se realizan a intervalos planificados para determinar si el S.G.A. es:
1. Conforme con las disposiciones planificadas para la gestión ambiental, incluidos los requisitos de la norma NTC-ISO 14001.
2. Se ha implementado adecuadamente y se mantiene.
3. Proporcionar información a la dirección sobre los resultados de las auditorias. La Entidad debe planificar, establecer, implementar y mantener programas de auditoria, teniendo en cuenta la importancia ambiental de las operaciones implicadas y los resultados de las auditorias previas. Se deben establecer, implementar y mantener uno o varios procedimientos de auditoria que traten sobre las responsabilidades y los requisitos para planificar y realizar auditorias, informar sobre los resultados y mantener los registros asociados; la determinación de los criterios de auditoria, su alcance, frecuencia y métodos
REVISIÓN POR LA DIRECCIÓN
La alta dirección debe revisar el sistema de gestión ambiental de la Entidad, a intervalos planificados, para asegurarse de su conveniencia, adecuación y eficacia continua. Las revisiones deben incluir la evaluación de oportunidades de mejora y la necesidad de efectuar cambios en el sistema de gestión ambiental, incluyendo la política ambiental, los objetivos y las metas ambientales. Se deben conservar los registros de las revisiones por la dirección.
Dentro de la revisión por la dirección se deben incluir:
a. Los resultados de las auditorias internas y evaluaciones de cumplimiento con los registros legales y otros requisitos que la Entidad suscriba.
b. Las comunicaciones de las partes interesadas externas, incluidas las quejas.
c. El desempeño ambiental de la organización.
d. El grado de cumplimiento de los objetivos y metas.
e. El estado de las acciones correctivas y preventivas.
f. El seguimiento de las acciones resultantes de las revisiones previas llevadas a cabo por la dirección.
g. Los cambios en las circunstancias, incluyendo la evolución de los requisitos legales y otros requisitos relacionados con sus aspectos ambientales.
h. Las recomendaciones para la mejora.